SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo y al ejercicio de la función pública, señalando que no obstante haber sido designado Consejero Departamental en sesión de 24 de julio de 2006, emitiendo el Concejo Municipal de Eucaliptus la Resolución Municipal 014/2006, que se hizo conocer en el día al Prefecto recurrido, pese a insistentes reclamos efectuados en forma conjunta con el citado Concejo Municipal, en forma escrita y verbal, esta autoridad le negó ministrarle posesión, para finalmente y pese haber admitido su posesión, no haya efectuado la misma, no obstante que existieron dos sesiones, una ordinaria y otra extraordinaria. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.