SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

Fragmento 24

                     Dentro de una investigación por la supuesta comisión del delito de incumplimiento de contrato y estafa, a denuncia del FPS de Beni contra Juan Antonio Castedo Ardaya y Carlos Alberto Tapia, en calidad de representantes de la "Empresa Constructora PACANOVA S.R.L.", la autoridad demandada que tiene el control jurisdiccional de la misma, cumplido el plazo de la etapa preparatoria, mediante providencia de 5 de marzo de 2007, conforme prevé el art. 134 del CPP, conminó al Ministerio Público a presentar acusación formal o requerimiento conclusivo en el plazo de cinco días; comunicada esta situación, mediante CITE 044/2007, el mismo día, la accionante en representación del Ministerio Público, requirió a la autoridad demandada, con carácter previo, resuelva la excepción de falta de acción formulada por el Ministerio Público el 1 de febrero de ese año, solicitud declarada no a lugar mediante providencia de 6 de marzo del mismo año, con el argumento de estar vencida la etapa preparatoria y que las excepciones no interrumpen la misma; interpuesto el recurso de reposición, la Jueza demandada, mediante providencia de 8 de igual mes y año, resuelve ratificar el proveído recurrido, reconociendo que no resolvió la excepción por causas ajenas a su voluntad y responsabilidad, como es el trámite que se imprimió a esta excepción, se solicitó al Ministerio Público señalar el domicilio de la víctima para su notificación con el traslado y plazo de tres días para contestar y ofrecer prueba, actuación que fue cumplida mediante exhorto suplicatorio en la localidad de Riberalta del departamento de Beni; diligencia devuelta recién el sábado 3 de marzo de 2007, a horas 10:00, un día antes del vencimiento de la etapa preparatoria.