SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

el debido proceso y el derecho a la defensa

En ese sentido, conforme se tiene señalado en los fundamentos expuestos en el punto precedente, es posible y hasta una obligación procesal de quien considere que dentro de un proceso judicial, así esté ejecutoriado, se han lesionado las normas de orden público, y por tanto, sus derechos fundamentales previstos como garantías judiciales, como es el debido proceso y el derecho a la defensa, interponga el incidente de nulidad, demostrando en el mismo su indefensión y por ende lesión de derechos fundamentales, y una vez agotada la vía incidental y en su caso la apelación, de persistir la supuesta ilegalidad, puede acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional.

En consecuencia, las autoridades judiciales demandadas, al omitir pronunciarse sobre el fondo de la nulidad solicitada en la vía incidental en fase de ejecución de sentencia, han incurrido en una ilegalidad, en franco desconocimiento de la jurisprudencia constitucional inclusive, por lo que corresponde conceder la tutela solicitada.