SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente ahora accionante, señala que el Juez demandado del Distrito Judicial de Cochabamba, admitió la demanda laboral interpuesta por Carlos Humberto Terán Foronda contra la Alcaldía Municipal de Toro Toro, toda vez que dicho Municipio se encuentra dentro de la jurisdicción del departamento de Potosí; no obstante, dispuso la citación con la demanda, mediante cédula, en instalaciones de la Mancomunidad de municipios de la Cuenca de “El Caine”, ubicada en la calle Colombia de la ciudad de Cochabamba, al igual que con la Sentencia, operándose una indefensión evidente, pues nunca fue notificado ni asumió conocimiento del proceso; por lo cual una vez que asumió conocimiento en la ejecución interpuso incidente de nulidad de obrados por falta de citación con la demanda, notificación con el Auto de apertura de prueba y la Sentencia, solicitud que fue rechazada con el argumento de la preclusión; y apelada la misma, el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista 260/2006, confirmó el fallo con similar argumento haciendo incapié en la cosa juzgada y estar en fase de ejecución. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si los hechos reclamados ameritan o no otorgar la tutela solicitada.