Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0867/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes, interpuso amparo constitucional contra Martín Maturano Trigo, Director del SEDES Chuquisaca y Vicenta Sánchez Alarcón de López, miembro del Tribunal Sumariante, solicitando se conceda el recurso y se dejen sin efecto las Resoluciones emitidas en su contra, así como su inmediata restitución al cargo, debiendo reiniciarse el proceso en su contra de manera legal.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- correspondía a la Sumariante subsanar el error y dictar nueva resolución de apertura de proceso, en la que se señalen clara y concretamente los hechos por los cuales iba a ser procesada la accionante, lo que no sucedió
- el debido proceso administrativo a fin de precautelar los derechos y garantías de la funcionaria procesada
- APROBAR