SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

1)

El Concejal, Vicente Colque Morales, por intermedio de su abogado, señaló: 1) El recurso de amparo constitucional carece de inmediatez porque se presentó un año después del hecho denunciado; y, 2) En aplicación del art. 96.2 de la LTC, corresponde declararse la improcedencia del presente recurso porque el recurrente planteó la presente acción después de haberse incorporado en el mes de junio al Concejo Municipal ejerciendo el cargo de Concejal, tomando en cuenta que presentó dos recursos de amparo constitucional como Concejal Municipal y solicitó se le restituya a esas funciones, con lo cual manifestó su libre y expreso consentimiento sobre la designación del nuevo Alcalde Municipal.