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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2010-R

    Fecha: 10-Ago-2010

    recurso de amparo constitucional

    Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: “En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante  puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad”.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades  recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2.  Informe de las  autoridades recurridas
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • “recurso de
    • “accionante”
    • recurso de amparo constitucional
    • III.3.1. El recurso directo de nulidad como mecanismo de protección de los actos realizados sin competencia
    • específicamente en el campo de los actos administrativos municipales, se colige que el accionante constitucional no es la vía idónea para restituir supuestos de hecho descritos en los art. 31 de la CPEabrg y 122 de la CPE, toda vez que existe un mecanismo específico para su resguardo cual es el recurso directo de nulidad,
    • Fragmento 18
    • III.3.3. La problemática del caso de Análisis
    • APROBAR

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