Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Interpone el presente recurso de amparo constitucional contra Vicente Colque Morales, Alcalde; Andrea Mamani de Suri, Pacífico Herrera Salvador, Severo Rojas Lima, Silvano Morales Alberto y Renato Marca Madani, Concejales y Teresa Condori Cochi, Concejal Suplente, respectivamente, todos del Gobierno Municipal de Sica Sica y solicita se conceda el recurso, con responsabilidad civil y condenación al pago de daños y perjuicios, debiéndose disponer el restablecimiento de sus derechos y se deje sin efecto las Resoluciones Municipales 004/2006 y 005/2006, ambas de 21 de febrero, así como la restitución al cargo de Alcalde Municipal de Sica Sica.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- 1)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.1. El recurso directo de nulidad como mecanismo de protección de los actos realizados sin competencia
- específicamente en el campo de los actos administrativos municipales, se colige que el accionante constitucional no es la vía idónea para restituir supuestos de hecho descritos en los art. 31 de la CPEabrg y 122 de la CPE, toda vez que existe un mecanismo específico para su resguardo cual es el recurso directo de nulidad,
- Fragmento 18
- III.3.3. La problemática del caso de Análisis
- APROBAR