SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Las autoridades recurridas no asistieron a la audiencia; sin embargo, el Vocal recurrido, Juan de la Cruz Vargas Vilte, presentó informe escrito cursante de fs. 64 a 65 vta., en el que después de realizar una relación de los antecedentes del proceso penal seguido por la recurrente contra José Orlando Pahuasi Cardozo, señaló que la pretensión de buscar que la labor de la jurisdicción ordinaria sea suplida o sustituida por la jurisdicción constitucional, tiene sus límites y subreglas, habiéndose asumido que la interpretación de la legalidad ordinaria no le corresponde al Tribunal Constitucional porque ello implicaría sustituir a las autoridades judiciales ordinarias, como al tribunal de apelación en materia penal, que tiene la función de control y, en su caso, corrección de aplicación de la ley infraconstitucional a través de las vías impugnativas ordinarias.