Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El abogado del tercero interesado, José Orlando Pahuasi Cardozo, expresó que al fallecimiento de los padres de su cliente, se procedió a realizar el trámite voluntario de declaratoria de herederos, instancia en la que se enteraron de la existencia de la recurrente, quien acompañando cierta documentación personal de identificación señaló ser hermana de su defendido, por lo que denunciaron este hecho ante el Ministerio Público, ya que nunca tuvo conocimiento de la existencia de una supuesta hermana, tratándose de una maniobra interesada y malintencionada para tomar participación de los bienes de sus difuntos padres.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3.1. Derecho a la personalidad jurídica
- III.3.2. Derechos a la identidad y al nombre
- Fragmento 20
- III.4.
- III.5. De la actuación del Fiscal de Materia
- APROBAR