Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.1.
II.1. El 31 de julio de 2004, la recurrente presentó demanda de anulación de partida de nacimiento al tener duplicada la inscripción de la partida de su nacimiento en la Dirección de Registro Civil, siendo su verdadera identidad la signada como Olimpia Pahuasi Cardozo (fs. 5 y vta.), demanda admitida por el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, el 10 de agosto de ese año (fs. 6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3.1. Derecho a la personalidad jurídica
- III.3.2. Derechos a la identidad y al nombre
- Fragmento 20
- III.4.
- III.5. De la actuación del Fiscal de Materia
- APROBAR