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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2010-R

    Fecha: 17-Ago-2010

    concedido

    Por consiguiente, la situación planteada por los accionantes, respecto al derecho y la garantía invocados como lesionados, es susceptible de protección a través del amparo constitucional, por cuanto el Juez de garantías, al haber concedido la tutela impetrada, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que lo motivan
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • Fragmento 4
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • i)
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • "accionante"
    • "conceder"
    • III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
    • III.4.1.
    • III.4.2.
    • III.5.1.
    • III.5.2.
    • III.5.3.
    • concedido
    • APROBAR

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