SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

II.3.

II.3.  Consta el acta de "Audiencia de prosecución de juicio oral" (sic) de 9 de marzo de 2007 a horas 10:00; constatándose la consideración de recusación, fundamentando, los jueces del Tribunal de Sentencia de Achacachi, las razones de su "no allanamiento", disponiendo en la última parte que, en aplicación a la SC 0054/2005 de 12 de septiembre, al no haberse allanado ninguno de los jueces del Tribunal de Sentencia de Achacachi, a la recusación planteada, difiere su resolución y convoca al Tribunal más próximo para su consideración; en este caso, el de la localidad de Copacabana (fs. 21 a 25). Mediante proveído de 14 de marzo de 2007, se rectifica textualmente: "…CONVOCA para resolver la presente RECUSACIÓN al Tribunal de Sentencia más próximo…" (sic), a efectos de tratar la recusación por los Jueces Técnicos de Copacabana, fijando audiencia para el 28 de marzo de 2007 (fs. 26).