SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0929/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
Fragmento 26
La SC 0054/2010-R de 27 abril, refiriendo a la SC 0008/2010-R de 6 de abril, realiza un análisis de la naturaleza subsidiaria de esta acción tutelar, indicando que: “…debe necesariamente responder a la existencia de mecanismos procesales específicos de defensa, que sean idóneos, eficientes y oportunos, los que deben ser utilizados previamente por el o los afectados, para que opere en caso de restituirse los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas. El citado fallo constitucional, señala también que las subreglas desarrolladas por las posteriores sentencias constitucionales, entre ellas la SC 0181/2005-R de 3 de marzo, deben ser reconducidas o compatibilizadas con la modulación efectuada, razón por la cual es pertinente analizar dicha sentencia respecto a los medios de defensa eficaces contra actos lesivos a la libertad ocurridos en la etapa preparatoria, que señala: “…el Código procesal de la materia atribuye, en el art. 54.1 del CPP al Juez Instructor la función de ejercer el control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en este Código'. A su vez, el art. 54 del mismo Código adjetivo establece que el imputado puede ejercer la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso'.
- (exp. 2008-17944-36-RHC)
- Fragmento 2
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- i)
- “procedente”
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.1.7.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- Fragmento 26
- III.3. Improcedencia del hábeas corpus, ahora acción de libertad, por subsidiariedad
- III.4. Control jurisdiccional de la etapa preparatoria
- III.5. El caso en análisis
- 1º REVOCAR