Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0929/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, el recurrente por su representado, plantea recurso de hábeas corpus contra Jorge Valentín López Arenas, Director General del Régimen Penitenciario del Ministerio de Gobierno; Félix Molina Oblitas y Guillermo Francisco Moor Burgos, ex y actual Gobernador de la cárcel pública de San Pedro de Chonchocoro del departamento La Paz, respectivamente; solicitando se declare procedente, por la ilegalidad de la Resolución 1/2008 de 24 de mayo, ordenándose la inmediata restitución de su representado al penal de Villa Bush, para cumplir allí la detención preventiva y sea con pago de daños y perjuicios.
- (exp. 2008-17944-36-RHC)
- Fragmento 2
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- i)
- “procedente”
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.1.7.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- Fragmento 26
- III.3. Improcedencia del hábeas corpus, ahora acción de libertad, por subsidiariedad
- III.4. Control jurisdiccional de la etapa preparatoria
- III.5. El caso en análisis
- 1º REVOCAR