SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1009/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1009/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.4.

II.4.  El recurrente por memorial de 31 de marzo de 2007, solicitó al Secretario General del Sindicato de Trufis "221" de Cliza, su reconocimiento como socio de dicha organización al fallecimiento de su padre Jaime Ernesto Ríos Sánchez, solicitud que mereció la providencia de "10 de abril de 2" (fs. 7 y vta.) que en la parte pertinente señala: "…además expresamente determina: Que la Organización fue creada 'SIN FINES DE LUCRO' y tan solo 'PARA DEFENDER AREAS DE TRABAJO, BUSCANDO MEJORAR SUS CONDICIONES ECONOMICAS Y DE VIDA' de todos los socios. Por otro lado, revisado el Estatuto, que fue aprobado conjuntamente por el de cujus del solicitante, NO RECONOCE SUCESION DE NINGUNA NATURALEZA, justamente porque la organización no fue creada para tal fin. En tal virtud se deniega la solicitud que precede…" (sic).