Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1023/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.8.
II.8. El 15 de enero de 2007, Silvia Natividad Ricaldi Rossi, formula incidente de nulidad de obrados, ante el Tribunal de alzada, adjuntando el certificado de defunción de Rosa Rossi Espada de Ricaldi, fallecida el 2 de noviembre de 2006, en consideración a que la tramitación del proceso ejecutivo debería haberse suspendido precisamente a causa del deceso de su madre, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 55 del CPC (fs. 588 y vta.); contestado por el ejecutante, el 25 de enero de 2007 (fs. 590).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.4. Proceso ordinario posterior al ejecutivo
- Fragmento 29
- III.5.1. Sobre la actuación de la Jueza de primera instancia
- III.5.2.
- III.5.3. Sobre la actuación del Tribunal de alzada
- III.5.3.1.
- denegado
- 2º DENIEGA