SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1023/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1023/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

III.5.2.

III.5.2. Con relación a que la autoridad demandada, al anular obrados en dos oportunidades hubiese dado oportunidad al ejecutante de ofrecer prueba para la tramitación de las excepciones, de forma deliberada y parcializada, se evidencia que los accionantes, teniendo la oportunidad de promover la recusación en aplicación de los arts. 3 al 13 de la LAPCAF, por la supuesta parcialización de la autoridad jurisdiccional, no lo hicieron, cerrando ellos mismos la posibilidad que el órgano jurisdiccional se pronuncie al respecto, correspondiendo la aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de amparo constitucional, en la problemática planteada.