SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1044/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
III.5. Análisis de la problemática planteada
En el caso de autos, los accionantes alegan que el fiscal Osman Arias Villaroel, mediante requerimiento de 26 de enero de 2007, con argumentos ilegales y arbitrarios, dispuso la reapertura de la investigación sobre los hechos que ya fueron denunciados y archivados en tres oportunidades, ignorando deliberadamente las pruebas que cursan en el cuadernillo, que demuestran que anteriormente fue investigado por los mismos hechos; todas las denuncias por el mismo objeto o hecho, la misma causa y contra la misma persona; circunstancia que el Fiscal de Distrito a tiempo de conocer la objeción del requerimiento conclusivo dictado por el Fiscal de Materia codemandado, lejos de enmendar semejante violación, emitió el requerimiento de 28 de febrero de 2007, en contradicción con su requerimiento conclusivo de 21 de septiembre de 2006, emergente de la tercera denuncia formulada contra su mandante, por el que dispuso el archivo de obrados al encontrarse extinguida la acción penal.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. Sobre el debido proceso y las garantías que lo componen
- III.4. Persecución penal única o “non bis in idem”
- cuando se juzga nuevamente a una persona por un mismo hecho
- se infiere que al formar parte del derecho al debido proceso se constituye en un derecho constitucional de la persona,
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- 1)
- 2)
- 3)
- APROBAR