SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1222/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
es un proceso público, que empezó el año 1998 y concluyó el año 2003
De la prueba adjunta se evidencia que el proceso de saneamiento sobre el predio “El Bohemio” -que según indica la representada del accionante le corresponde el 50% en su calidad de bien ganancial-, es un proceso público, que empezó el año 1998 y concluyó el año 2003, con la Resolución Final de Saneamiento 0004/2003 de 31 de enero, emitida por el Director Nacional a.i. del INRA; no obstante, durante todo ese tiempo no consta que hubiese intervenido la ahora representada del accionante, sino únicamente Oscar Azeñas García, identificado como único poseedor del predio rústico “El Bohemio”, quien además -según los antecedentes- en todo momento figuró como soltero, incluso desde la adquisición del predio de su propietario original. Es decir, que durante esos seis años, no intervino la hoy representada del accionante, pese a la publicidad del proceso de saneamiento.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- es un proceso público, que empezó el año 1998 y concluyó el año 2003
- en los dos años ulteriores
- siete años
- la actitud de la representada del accionante no ha sido diligente
- En cuanto a la pretensión de la representada del accionante
- no así declarar, definir o constituir derechos, puesto que ello es atribución de la jurisdicción ordinaria o de la especial según los casos que corresponda
- APROBAR