SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1259/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
4.
4. Señala que, una importación no puede constituir en sí misma el ilícito de contrabando, dentro de las modalidades de comisión que establece el art. 181.1 inc. f) de la LGA; en el contexto del acta de intervención, se atribuye supuestamente a la introducción del motorizado al territorio aduanero, conducta que nunca cometió, sino que fue realizada por el usuario de la zona franca Hein Brothers Autos Bolivia S.R.L., amparado en el manifiesto de carga internacional de tránsito aduanero mic/dta 2055774-422A, 20050037L; con el cual, la Administración Aduanera emitió el certificado de recepción del motorizado en base a la carta de porte internacional y factura de reexpedición de la zona franca de Iquique-Chile, documentos a los que no tuvo acceso. La administración aduanera, reconociendo la validez y legalidad de la documentación, no rechazó la declaración de la mercancía, sino que la aceptó y asignó el número C-885, por validación del sistema informático de la administración, procediendo a pagar la suma de Bs8427.- (ocho mil cuatrocientos veintisiete bolivianos) por concepto de uso del formulario digital del Sistema Aduanero Informático Automatizado (SIDUNEA).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- 5.- Tácitamente
- "Se tiene por practicada la notificación tácita, cuando el interesado a través de cualquier gestión o petición, efectúa cualquier acto o hecho que demuestre el conocimiento del acto administrativo. En este caso, se considerará como fecha de notificación el momento de efectuada la gestión, petición o manifestación"
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SSCC 0796/2010-R de 2 de agosto y 0825/2010-R de 25 de agosto
- III.5.1.
- III.5.2.
- denegado
- APROBAR