SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1284/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
a exigencias formales, que no son esenciales y no afecta al desarrollo de las etapas procesales, vulnerando de esa forma el principio de informalismo que se encuentra enlazado al debido proceso,
De todo lo expuesto, se deriva la obligación inherente a la autoridad demandada como Superintendente General del Servicio Civil, pues le era exigible corregir de manera inmediata el error del accionante, por cuanto la omisión de presentar el memorial del recurso jerárquico directamente ante la autoridad llamada por ley, hace exclusivamente a exigencias formales, que no son esenciales y no afecta al desarrollo de las etapas procesales, vulnerando de esa forma el principio de informalismo que se encuentra enlazado al debido proceso, conforme se ha explicado líneas arriba que: “la garantía del debido proceso no está instituida para salvaguardar el ritualismo procesal, sino para garantizar que el mismo se desarrolle revestido de las garantías esenciales... en virtud del principio de "informalismo" del Derecho Administrativo” (SC 0512/2003-R, de 16 de abril).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- AN-GEGPC-SM 66/2006 de 10 de agosto de 2006,
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3.
- con la finalidad de garantizar el debido proceso y derecho de defensa
- en aplicación al principio de informalidad del procedimiento administrativo
- III.4. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, su carácter subsidiario y la vía contencioso
- situación que no se da en el presente caso
- III.5. Análisis del caso concreto
- excusa al administrado de la observancia de las exigencias formales no esenciales…
- como aplicaciones prácticas del principio de informalismo
- a exigencias formales, que no son esenciales y no afecta al desarrollo de las etapas procesales, vulnerando de esa forma el principio de informalismo que se encuentra enlazado al debido proceso,
- no ser aplicados correctamente los principios de la actividad administrativa de informalismo y verdad material
- APROBAR