SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1284/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1284/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

como aplicaciones prácticas del principio de informalismo

De la jurisprudencia anteriormente glosada y reiterada, se extrae, como aplicaciones prácticas del principio de informalismo, que la administración tiene la obligación de: i) Corregir las equivocaciones formales del administrado; así, cuando éste se equivoque en el destinatario de un recurso administrativo, la administración tiene la obligación de corregir ese error formal y remitir el recurso ante la autoridad que le corresponde tramitarlo; ii) De igual forma, aún cuando exista una equivocación en la denominación del recurso, la autoridad encargada de tramitarlo debe resolverlo en el fondo, ya que lo materialmente importante en un procedimiento administrativo no es el cumplimiento de las formalidades, sino la búsqueda de la verdad material, así como la vigencia de los derechos de las personas; de tal modo que, cuando un administrado demuestre su inconformidad con lo resuelto por una autoridad administrativa y reclame esa decisión, debe siempre razonarse que lo que está haciendo el administrado es impugnar la resolución; es decir, el por qué no la acepta; y, iii) En consecuencia, las autoridades deben considerar ese cuestionamiento por medio de las vías recursivas previstas, sean ante la misma autoridad (revocatorio) o ante el superior (jerárquico), vías que pueden tener otra denominación, pero que siempre implican la posibilidad de la revisión del acto administrativo.