SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1293/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1293/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

"… la competencia sólo se reduce a establecer si fue o no valorada, pero no a imponer mediante este recurso cómo debe ser compulsada y menos a examinarla

En ese sentido, en cuanto al alcance de la determinación que asuman los jueces y tribunales de garantías y el Tribunal Constitucional, cuando constaten una irrazonable valoración de la prueba o la falta de valoración de la misma, la SC 0129/2004-R de 28 de enero, entre otras, señaló que "… la competencia sólo se reduce a establecer si fue o no valorada, pero no a imponer mediante este recurso cómo debe ser compulsada y menos a examinarla, lo que significa, que sólo se deberá disponer en casos de omisión de compulsa que se la analice siempre que curse en el expediente y que hubiera sido oportunamente presentada ..." (negrillas añadidas).