SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1293/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1293/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

d)

d)  El hecho de disponer la entrega a quien acredite derecho propietario, no implica la libre disponibilidad del bien objeto del recurso, pues se debe disponer  la anotación preventiva del proceso penal sobre los registros del indicado motorizado, mientras dure el proceso, no pudiéndose imponer una especie de sanción anticipada a la recurrente mediante la incautación del motorizado, privando del derecho al trabajo a la recurrente, derecho relacionado en forma directa con el derecho a la vida, a una existencia digna del ser humano y a la salud, siendo necesario que el Juez, en aras de la legalidad, igualdad efectiva de las partes y el respeto a los derechos fundamentales, proceda conforme a derecho y en aplicación de los arts. 154 y 255 del CPP.