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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2010-R

    Fecha: 20-Sep-2010

    delito de corrupción de dependientes

    Con referencia al delito de corrupción de dependientes, el art. 238 del CPP, señala: “El que diere o prometiere dinero u otra ventaja económica a empleado o dependiente del competidor, para que faltando a los deberes del empleo, le proporcione ganancia o provecho indebido, incurrirá en sanción de multa e treinta a cien días”.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • denegando
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • “accionante”
    • denegar
    • III.3.1. Respecto a la “seguridad jurídica”
    • Fragmento 16
    • III.3.2. Respecto a los delitos instantáneos y permanentes
    • III.4. Análisis del caso
    • delito de desvio de clientela
    • ya que no es necesario que se logre una ventaja,
    • sin que se requiera acción posterior para su continuidad o vigencia
    • delito de corrupción de dependientes
    • a)
    • delito formal
    • III.5.
    • Fragmento 26

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