SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

Fragmento 26

En este sentido, las autoridades demandadas, al concluir que los delitos de desvío de clientela y corrupción de dependientes son permanentes, además, al afirmar que aún no ha cesado la consumación de los mismos, pese de no haber identificado la fecha exacta del hecho para el inició del término, han vulnerado el debido proceso y el principio de legalidad de los accionantes; ahora bien, “…este mismo Tribunal en la SC 1846/2004-R de 30 de noviembre, determinó que la interpretación de la legalidad ordinaria corresponde a la jurisdicción común, mientras que a la jurisdicción constitucional simplemente le cabe: ´…verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, jerarquía normativa y debido proceso…´” (SC 0656/2010-R de 19 de julio de 2010). De esta manera, se ingresó al análisis de la problemática, al constatarse el desconocimiento de los valores y principios de la actual Constitución Política del Estado, por la errónea interpretación que ha existido por parte de las autoridades demandadas y por el propio Tribunal de garantías, al afirmar que los delitos ahora analizados, son de carácter permanente, verificándose además que los accionantes, han cumplido con los requisitos exigidos para que este Tribunal ingrese como lo hizo, a la revisión de la legalidad ordinaria, correspondiendo en consecuencia, conceder la tutela.