SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

delito formal

Como señala el tratadista HARB, Benjamín Miguel. “Derecho Penal”, parte especial, el ilícito de corrupción de dependientes es un delito formal, porque se consuma cuando se da o promete dinero o ventaja económica, no siendo necesario que haya un resultado dañoso o que quien corrompa reciba provecho indebido o ganancia, por tanto, la acción de prometer o dar ventajas para que el dependiente falte a los deberes del empleo, cesa necesariamente, en el momento de realizar dicha acción y no se extienden en el tiempo. Sin embargo, como sucede en el delito de desvio de clientela, el fin de la comisión de la acción dañosa, debe ser claramente identificado, para proceder al cómputo del tiempo para la prescripción del delito.