SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1333/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
III.6. Análisis de la problemática planteada
La accionante alega que, en la RA 023/2007, de la cancelación de licitación pública nacional 025/2006, el trámite efectuado para llegar a dicha determinación no se adecuó al procedimiento contenido en el DS 27328 (Texto Ordenado) y su Reglamento, pues tanto la unidad solicitante como la, Autoridad Responsable del Proceso de Contratación no cumplieron con la emisión de informes legales y técnicos para justificar la causal contenida en el art. 155, III inc. b) del indicado Reglamento, omitiendo también, el Asesor Jurídico de la Alcaldía de Villa Montes, constatar el correcto desenvolvimiento del procedimiento, emitiendo directamente el informe legal 105/2007 de 18 de julio, dirigido al Alcalde Municipal, prescindiendo de los detalles técnicos que avalen la supuesta obsolescencia de los equipos de computación con las características técnicas establecidas en el pliego de condiciones, indicadas por la unidad solicitante y la Autoridad Responsable del Proceso de Contratación.
Sobre lo expuesto, es necesario correlacionar si el procedimiento aplicado por los funcionarios municipales, avalados en última instancia con la RA 023/2007, de cancelación del proceso de contratación, emitida por el Alcalde, autoridad demandada, se adecuan al procedimiento establecido en el DS 27328 (Texto Ordenado) y su Reglamento.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- 1)
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre la inaplicabilidad de los principios de subsidiariedad e inmediatez en la problemática planteada
- c) Cancelación, Suspensión o Anulación del proceso.
- d) Los Regímenes agrario, electoral y del sistema de control gubernamental, que se regirán por sus propios procedimientos”
- III.4.1.
- III.5. Sobre el procedimiento para la cancelación del proceso de contratación
- III.6. Análisis de la problemática planteada
- a)
- b)
- c)
- REVOCAR