SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

Derecho a la educación

De manera general el derecho a la educación está previsto en el art. 17 de la CPE, y establece que: "Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación", y más específicamente el art. 91.II de la CPE nos habla del derecho a la educación superior, señalando que: "La educación superior es intracultural, intercultural y plurilingüe, y tiene por misión la formación integral de recursos humanos con alta calificación y competencia profesional; desarrollar procesos de investigación científica para resolver problemas de la base productiva y de su entorno social; promover políticas de extensión e interacción social para fortalecer la diversidad científica, cultural y lingüística; participar junto a su pueblo en todos los procesos de liberación social, para construir una sociedad con mayor equidad y justicia social".

Al respecto el Tribunal Contitucional, también se pronunció con relación a este derecho, así la SC 0235/2005-R de 21 de marzo, tiene establecido los alcances, cuando indica que: "…el derecho a recibir instrucción y el derecho a la educación-salvando las diferencias de ambas categorías conceptuales-implican que la persona tiene la potestad de acceder al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la cultura, pero, además, recibirla de modo que al existir un sistema nacional de instrucción, enseñanza, aprendizaje o educación, el núcleo esencial de esos derechos no esta tan sólo en el acceso a dicho sistema, sino también a la permanencia de ese sistema".