Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.9.
II.9. Cursa de fs. 75 a 79, testimonio de declaratoria de herederos del 21 de noviembre de 2006, a favor Cristina Isabel Suárez de Melgar, cónyuge supérstite y de Jorge Manuel, José Luís y María Elena, todos Melgar Suárez, respecto a acciones y derechos del que en vida fue Manuel Melgar Limpias; y de fs. 80 a 83, el testimonio de declaratoria de herederos del 30 de enero de 2007, a favor Jorge Manuel, José Luís y María Elena todos Melgar Suárez, respecto a acciones y derechos de la que en vida fue Cristina Isabel Suárez Sánchez.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- 1)
- denegando
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Sobre los actos consentidos libre y expresamente
- esa excepción es la improcedencia del amparo por los actos consentidos libre y expresamente; así lo determina el art. 96.2 de la Ley 1836
- ser el consentimiento una expresión de la libre voluntad, no existe causa para dar curso a la tutela cuando se advierte este supuesto en los hechos denunciados, de modo que resulta lógico jurídicamente razonar negándose la tutela,
- III.4. Análisis del caso.
- denegado
- APRUEBA