SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1353/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1353/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

SC

Uno de los aspectos denunciados de ilegal es que el Laudo Arbitral fue pronunciado fuera del plazo que establece el art. 112 de la LGT, al respecto se debe tener en cuenta lo establecido en la SC 0099/2010-R de 10 de mayo, que sobre el particular señala que: "la acción de amparo, es un mecanismo de protección eficaz y pertinente para el resguardo del derecho al debido proceso en todos sus elementos incluido el juez natural, pero, solamente en sus elementos imparcialidad e independencia", más adelante precisó que: "…la protección del tercer componente del juez natural; el referente a la competencia en cuanto a los supuestos de hecho antes descritos; es decir usurpación de funciones que no estén mencionadas por ley, ejercicio de potestad administrativa que no emane de la ley y resoluciones judiciales emitidas en ejercicio de jurisdicción que no emane de la Ley o que fueren pronunciadas por autoridad jurisdiccional suspendida en el ejercicio de sus funciones o que hubieren cesado en las mismas; se encuentran resguardados específicamente por el recurso directo de nulidad". Efectuada dicha precisión se constata que en este caso, el accionante debió acudir a la vía idónea, toda vez que la protección que solicita es sobre la competencia del Tribunal Arbitral, siendo la jurisprudencia constitucional de aplicación inmediata y no está regida por el principio de irretroactividad, salvo la existencia de cosa juzgada, situación que no se da en este caso y por ende es aplicable a las causas en trámite.