SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1409/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1409/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

restrinja la libertad por una mala valoración y apreciación de la Resolución 271/07 de 20 de septiembre de 2007

El accionante por su representado, también alude que el “9 de octubre de 2007, presentó la petición de modificación del Auto 288, presentando pruebas objetivas sobre el cuaderno de investigación; sin embargo, el Tribunal de apelación, mediante el Vocal, Samuel Saucedo Iriarte indicó no ha lugar a lo solicitado, sin considerar que esa medida de modificación es primordial, en vista de existir riesgo de que se restrinja la libertad por una mala valoración y apreciación de la Resolución 271/07 de 20 de septiembre de 2007, debido a que no se consideró el informe prestado en audiencia por el Fiscal y el cuaderno de investigación puesto a disposición del Juez de garantías. 

Conforme a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.5.1. de la presente Sentencia Constitucional, se tiene demostrado que no existió omisión valorativa por parte de los recurridos, por ello no se concede la tutela con relación a dicho acto denunciado como lesivo, por otra parte, de la lectura de la solicitud de modificación presentada por el representado del recurrente y cursante de fs. 42 a 43 de obrados, se alude y fundamenta al igual que la acción de amparo constitucional, en una supuesta restricción al derecho a la libertad, por lo que corresponde recordar que conforme al entendimiento arribado en la SC 0880/2000-R de 22 de septiembre “…la vía del Amparo no es la adecuada para proteger la libertad de una persona, en éste caso amenazada por la falta de efectividad de la fianza calificada, pues para ello nuestro ordenamiento jurídico constitucional tiene previsto un recurso exclusivo y expedito, cual es el Hábeas Corpus [ahora acción de libertad]…” . Por lo que no resulta atendible el petitorio contenido en la acción de amparo constitucional con relación a este punto.