SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

Fragmento 29

               Arguyen los accionantes que, no obstante a haberse formulado recusación contra la autoridad judicial referida, haciendo caso omiso del art. 321 del CPP, que determina: “Producida la excusa o promovida la recusación, el juez no podrá realizar en el proceso ningún acto, bajo sanción de nulidad…”; al día siguiente, el 17 de octubre de 2009, dictó un proveído ordenando se proceda al sorteo de Tribunal de Sentencia por el sistema “IANUS”, solicitando por ende, la nulidad del citado decreto.