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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1549/2011-R

    Fecha: 11-Oct-2011

    II.7.

    II.7. Del acta circunstanciada de verificación elevada por Notario de Fe Pública, se establece que luego de pedir e insistir ver a su hermana, el accionante y otra de sus hermanas, el Director ahora demandado, accedió a dicho pedido, pudiendo ver a la paciente Carmen Rosa Vilaseca Riskowsky (fs. 2 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • procedente en parte
    • i)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Finalidad de la acción de libertad
    • director es la autoridad que tiene potestad sobre cuestiones que hacen a la naturaleza y finalidad de la institución, por ende, en caso de que algún médico o administrativo, así sea director o subdirector de área, coloque en un estado de retención ilegal de un paciente, es él quien tiene plenas facultades para disponer el cese de la misma
    • Fragmento 16
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 18
    • no existe acto ilegal, ni lesión al derecho a la libertad personal y de locomoción de la representada del accionante, que amerite la tutela solicitada
    • REVOCAR

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