Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1644/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.5.
II.5. El 25 de mayo de 2009, por testimonio 262/2009, otorgado ante Notaria de Fe Pública, se procedió con la protocolización del acta de la Junta General Ordinaria de accionistas de EMPRELPAZ S.A. realizado el 26 de febrero de 2009, donde fueron elegidos mediante voto mayoritario: Florentino Ticona Quino; Serapio Yujra Quispe; Nicolás Quispe Intimayta, Maximo Nina Cortez, Victor Ramos Alanota y Felix Francisco Sullca Quispe, como Directores titulares; Faustino Sea Quispe, como Sindico titular y Gustavo Poma Chambi como Sindico Suplente (fs. 3 a 7).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado'
- la protección que brinda la presente acción tutelar no se activa cuando los efectos de la resolución o acto impugnado hubieren cesado, por lo tanto, cuando el acto hubiere quedado revocado o anulado el amparo es improcedente
- III.3. Análisis del caso concreto
- el mismo que cesó completamente el 5 de octubre de 2009,
- REVOCAR