SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.3.
II.3. En cumplimiento a la observación realizada por el Tribunal de apelación, el Juez Técnico de Achacachi, David Rivas Gradin, en proveído de 6 de octubre de 2010, dispuso la notificación a Saturnino Mamani para que cumpla a la brevedad posible con la presentación de la papeleta valorada de apelación (fs. 8 vta.); la misma que de antecedentes, se evidencia que se adquirió por el imputado, el 16 de ese mes y año (fs. 9), se la presentó adjunta al memorial de 18 del mismo mes y año, en el que se señaló al Tribunal de la causa, que el art. 300 de la nueva LOJ, derogó toda disposición que fije depósitos judiciales para recursos, como timbres, valores, o formularios, cualquiera sea su origen (fs. 10 y vta.), en la misma fecha, se dispuso la remisión del cuaderno procesal a la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 11).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.4. Recaudos de ley y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- III.5. Notificaciones
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Respecto a las actuaciones del Tribunal de Sentencia de Achacachi, provincia Omasuyos del Distrito Judicial de La Paz
- III.6.2. Respecto a las actuaciones del Presidente de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
- III.6.3. Respecto a las actuaciones del Presidente de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
- III.7. Consideración final
- REVOCAR