SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

III.6.2. Respecto a las actuaciones del Presidente de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz

             Recibidos los antecedentes del recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 63/2010, que rechazaba la solicitud del accionante a la cesación de su detención preventiva, el Presidente de la referida Sala, Armando Pinilla Butrón, radicada la causa en su despacho el 16 de septiembre de 2010, dispuso su devolución al Juzgado de origen por falta de la papeleta valorada de apelación, requisito que a su criterio, era indispensable para la resolución del recurso, lo que es inadmisible en apego a la jurisprudencia del Fundamento III.4 de la presente Sentencia; por cuanto la adquisición de los recaudos de ley son una obligación del apelante, quien debe cumplir con su presentación al Juzgado a cargo del proceso en pro de su propio interés, sin embargo, esta exigencia formal no puede de ninguna manera postergar el análisis de fondo de la apelación, que no modifica en lo absoluto lo demandado y que bien puede ser subsanado posteriormente, aún con el recargo que fuere en forma de reintegro, siendo un hecho que no puede entorpecer ni dificultar la viabilidad y celeridad en la tramitación del recurso, con mayor razón cuando de por medio se encuentra en tela de juicio la libertad del apelante.