Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.7.
II.7. El 15 de enero de 2011 el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de el Alto, radicó el proceso en su despacho mientras se resuelva la recusación interpuesta contra el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, señalando audiencia para el domingo 16 de enero de 2011, a horas. 10:00 con el objeto de considerar la solicitud de revocatoria de medidas cautelares del accionante; audiencia que fue suspendida por el Juez en razón de no haberse notificado al representante del Ministerio Público, señalando nueva audiencia para el lunes 17 de enero de 2011 a horas 9:55 (fs. 76 a 80).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. La recusación y sus efectos
- III.2. Celeridad de la resolución de la situación jurídica del imputado
- III.3. La interposición de una acción tutelar no es causal de excusa
- III.4.1. En cuanto a la actuación del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal
- III.4.2. Respecto a la actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal
- concedido
- APROBAR en parte