SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

1)

Hasta este momento procesal no existe lesión a derecho alguno, por cuanto se cumplió la primera situación, de que “el Juez de la causa está facultado para ordenar se libre mandamiento de apremio contra: 1) El representante legal apersonado y que asumió defensa durante el proceso”; en este caso contra Edgar Vitalio Bohórquez Argote; como también se efectuó la segunda situación de que: “2) En caso de que exista otro representante legal; necesariamente se debe apersonar ante la autoridad judicial. En caso de admisión de dicho apersonamiento, corresponde dejar sin efecto y/o no emitir, orden de apremio contra el anterior representante, sino contra el actual”; en consecuencia, hasta este momento procesal, como el nuevo apersonamiento de Pedro Hauycho Huaycho, todavía no había sido aceptado, no correspondía dejar sin efecto la orden contra el hoy accionante, Edgar Vitalio Bohórquez Argote.