SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
el 27 de noviembre de 2008,
De la revisión del expediente, se constata que el proceso laboral se encuentra en ejecución de fallos y ante el incumplimiento de pago se ordenó se libre mandamiento de apremio contra el representante legal de la empresa CABLEBOL S.A., quien asumió defensa durante el proceso; sin embargo, en el transcurso del proceso de ejecución, el accionante -ex personero- hizo conocer a la autoridad judicial mediante memorial presentado el 27 de noviembre de 2008, que dejó de ser representante legal de la empresa demandada y que está siendo perseguido injustamente con el mandamiento de apremio, frente a esto el Juez de la causa conminó a los ejecutivos de la empresa, a presentar la documentación dentro de tercero día de su legal notificación.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- III.2.1. La norma legal prevé el apremio del representante legal que incumple el pago
- III.2.2. Sub regla establecida por la jurisprudencia constitucional, que establece que la orden debe ser expedida contra el representante legal cuya personería está admitida por la autoridad judicial
- SC 0215/2010-R
- se dan situaciones en que está en trámite el apersonamiento del nuevo representante legal; es decir, en conocimiento de la autoridad judicial a quien sólo le resta pronunciarse
- en ese ínterin, no es posible ordenar el apremio de la persona cuya representación se está cuestionando o reemplazando
- 3)
- el 27 de noviembre de 2008,
- 1)
- en su calidad de nuevo representante legal de la empresa demandada CABLEBOL S.A
- es en mérito a ésta orden que se libró el mandamiento de apremio contra el accionante
- fue rechazada por el Juez de la causa mediante Auto Interlocutorio de 4 de octubre de 2008
- REVOCAR