SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0154/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que se vulneraron sus derechos y garantía a la "seguridad jurídica", a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a recurrir y al debido proceso, pues por Resolución 19/2007, el Tribunal de la causa rechazó y declaró improbadas las excepciones e incidentes que él y los demás coprocesados plantearon, por lo que interpusieron recurso de apelación incidental contra esa determinación; sin embargo, afirmando que fue presentado fuera de término, por Auto de Vista 61/2008, las autoridades demandadas declararon inadmisible su recurso, sin considerar que por Auto de 8 de marzo de 2007, el Tribunal a quo declaró ilegal la notificación de 26 de febrero del mismo año, en función de la que efectuaron el cómputo para adoptar esa decisión, determinó tener por presentado el recurso y que se tramite conforme a lo previsto por el art. 405 del CPP, razón por la que correspondía que efectúen el conteo desde la notificación que se le practicó el 27 del mismo mes y año en su domicilio procesal y que presentó su apelación dentro de plazo. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- concedió
- 1)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La triple dimensión del debido proceso, los elementos que lo componen y el derecho a recurrir
- "La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- el derecho a recurrir…"
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR