SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

III.4. El caso en análisis

En ese cometido, de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia que ante la notificación efectuada por la autoridad judicial demandada de señalamiento de audiencia de juicio oral para el 6 de abril de 2009, el 3 de ese mes y año la accionante hizo conocer que la notificación efectuada en su oficina  el 28 de marzo del mismo año, se encontraba incompleta porque no constaba el encabezado y la parte del Auto de apertura de juicio, y que por ello era imposible la compresión del mismo, devolviendo el exhorto por incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 166 inc. 2) y 5) del CPP. Memorial que mereció el decreto de 4 de abril del citado año, indicando que los antecedentes de lo encomendado mediante exhorto fueron recogidos, por lo que la devolución de la notificación deberá ser presentada en el Juzgado Octavo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz.