SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0184/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0184/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

Fragmento 20

Puede inferirse además, que posterior a acudir ante la Unidad de Recursos Humanos del SEDES de Pando y el propio demandado Director de dicha entidad, estos funcionarios se aprovisionaron de información que devele la relación laboral entre el SEDES y Norah Gutiérrez Baur, misma que fue presentada en audiencia de consideración de la acción de amparo constitucional y contiene datos totalmente contradictorios a los fundamentos alegados por la accionante -según detallan las Conclusiones II.6 y ss.-, tornando dudoso y cuestionable el memorándum 995, por el que Norah Gutiérrez Baur fuera designada odontóloga y -a su decir-, dependiente del SEDES de Pando; más aún, si el propio     Coordinador de los Centros Infantiles Comunitarios (ex “PAN”) certificó que no consta la asistencia de la accionante en los libros concernientes a los programas de dichos Centros durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2008 -en los que supuestamente habría trabajado-, agregando a ello que -en ese lapso de tiempo- otro profesional habría desempeñado el puesto de odontólogo.