SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

a)

La autoridad demandada, Yenny Prado Saavedra, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, no asistió a la audiencia de consideración de la acción de libertad por no estar legalmente notificada, según afirma la representación del Oficial de Diligencias que cursa a fs. 19 y el acta respectiva; sin embargo, su suplente legal, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, estuvo presente en la referida audiencia y previamente a aclarar que la autoridad demandada se encontraba con baja médica por ese día, hizo uso de la palabra exponiendo lo siguiente: a) La Jueza demandada, el 6 de mayo de 2009, observó la imputación formal realizada por el Fiscal adscrito al organismo operativo de tránsito, al haber omitido considerar la SC 0731/2007-R de 20 de agosto, por cuanto carecía de fundamentación respecto a la aplicación de las medidas cautelares y riesgos procesales; y, b) Así, ya en suplencia legal, dictó el proveído de 8 de mayo de 2009, por el que señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para ese mismo día, a horas 17:00, proveído pendiente de notificación por renuencia de “las partes”.