Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.4.
II.4. Cursa la representación e informe del Oficial de Diligencias de 8 de mayo de 2009, dirigida al Juez de garantías, en la que afirma no haber cumplido con la notificación a Jenny Prado Saavedra, Jueza Segunda de Instrucción en lo penal -demandada dentro de la acción de libertad-, en razón a que dicha autoridad se ausentaría durante todo ese día al Juzgado del que fuera titular (fs. 19).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Sobre la citación de la autoridad demandada en el caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- ordenar la tutela
- “procedente”
- APROBAR