Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
i)
i) Consta en obrados, la presentación de la imputación formal en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, el 5 de mayo de 2009 a horas 11:50, que mereció el proveído del día siguiente, por el que la Jueza demandada -sin señalar audiencia de consideración de medidas cautelares- ordenó el registro de este escrito en el libro de control jurisdiccional, la notificación personal al imputado y “a las partes también” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Sobre la citación de la autoridad demandada en el caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- ordenar la tutela
- “procedente”
- APROBAR