SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

iii)

iii) Es en razón al lapso de dos días de evidente inactividad de la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal -desde la Resolución de 6 de mayo de 2008, hasta la del 8 del mismo mes y año-, que se dilató innecesariamente el señalamiento de la audiencia de consideración de medidas cautelares ocasionando una privación de libertad por un tiempo mayor al permitido, conforme se deduce de los actuados descritos en los párrafos que preceden y la propia ratificación de la Jueza en suplencia legal, quien fijó la audiencia “Toda vez que existe un caso con aprehendido” (sic).

Con esos antecedentes, se concluye que luego de presentada la imputación formal, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, dilató sin justificativo el señalamiento de la audiencia de consideración de medidas cautelares, lesionando el derecho fundamental a la libertad de Santiago Cocaure Quispe; razones por las que, el Juez de garantías, dispuso su libertad en estricto cumplimiento del art. 126 .VI de la CPE.