SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0339/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.10.
II.10. El accionante, mediante memorial de 13 de septiembre de 2008, interpuso recurso de apelación impugnando la Resolución de 30 de agosto emitida por el Consejo de Administración con el argumento de haberse aplicado en el proceso administrativo interno que le fue seguido, un reglamento ilegal, por haberse conformado una comisión especial para su procesamiento y que además los miembros de la misma no se apartaron del conocimiento del proceso no obstante haber demostrado las causales para su recusación. Asimismo, por memorial presentado en la misma fecha, impugnó vía apelación, las Resoluciones de 26 y de 30 de agosto de 2008, reiterando los fundamentos y solicitando se ponga en consideración de la Asamblea General su revocatoria; apelaciones que fueron concedidas por el Consejo de Administración, que dispuso se remitan los antecedentes ante la magna Asamblea General Ordinaria, en estricto cumplimiento del art. 25 inc. j) del Estatuto Orgánico y 80 del Reglamento de Faltas y Sanciones a Socios y Directores (fs. 51 a 59).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. El principio de subsidiariedad aplicable a la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2. Cesación de los efectos del acto reclamado
- III.3.1. Con relación a la actuación de la Comisión Sumariante
- III.3.2. Respecto a la actuación del Consejo de Administración
- APROBAR