Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
acción de libertad,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de libertad, interpuesta por Iver Contreras Salazar contra Pilar Monserrat Gantier Camacho, Jueza de Instrucción Mixta de Monteagudo, provincia Hernando Siles del Distrito Judicial de Chuquisaca; y Teresa Rosquellas Fernández y Elena Lowenthal Claros de Padilla, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior, y Pilar Monserrat Gantier Camacho, Jueza de Instrucción Mixta de Monteagudo, provincia Hernando Siles todas del Distrito Judicial de Chuquisaca.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 13
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión;
- III.2. Análisis del caso concreto, en relación a las presuntas lesiones al debido proceso
- b)
- c)
- d)
- ordenar la tutela